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El 18 de agosto de 2020 fue un día funesto en las carreteras riojanas. En el punto kilométrico 334 de la N-232, dentro del ... término municipal de Alfaro, fallecían un joven de Autol de 21 años y un tudelano de 39, que trabajaba como otorrinolaringólogo en el entonces Fundación Hospital de Calahorra. Esta segunda víctima dejaba viuda y dos hijos menores, que entonces comenzaron un complejo camino legal que todavía no ha terminado.
Será ahora el Tribunal Supremo el que decida cuál debe ser la indemnización para esta familia puesto que el fallecido era al mismo tiempo trabajador por cuenta ajena y propia, algo no contemplado en la 'Guía de buenas prácticas de la comisión del sistema de valoración' que sirve para evaluar el lucro cesante y que ha generado esta disputa legal.
El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Calahorra fijó en 1.257.000 euros la cantidad a abonar por la aseguradora a la familia del médico fallecido (los deudos habían solicitado 1,34 millones y la aseguradora consignó 945.000 euros). Ambas partes recurrieron y el caso pasó a la Audiencia Provincial.
Esta instancia recordaba que al no contemplarse un supuesto de percepciones por cuenta ajena y propia, el Juzgado consideró «más correcto atender a los rendimientos netos de cada una de estas fuentes de ingresos según la declaración tributaria y minorarlos en la cuota diferencial». Mientras, la Sala consideraba lo más apropiado para calcular el lucro cesante «el importe de la renta disponible del fallecido para usos privados, lo que requiere detraer las cotizaciones» y mostró su disconformidad porque la primera sentencia no tenía en cuenta las retenciones. Por eso, la Audiencia realizó un cálculo de los emolumentos de la víctima de los tres últimos años y calculó la indemnización respecto a las ganancias limpias del fallecido en 2019, que ascendían a 65.302.
A partir de esa cifra, la Sala calculó el importe total de la indemnización en 990.344 euros, con un suplemento por intereses. La nueva decisión judicial suponía una reducción de 266.974 euros de la indemnización para la viuda y los dos huérfanos.
Esta decisión ha provocado que la familia del médico presentase un recurso de casación, que ha sido admitido por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, algo poco habitual, pero al tratarse de un caso en que la víctima contaba con ingresos por cuenta propia y ajena y no existir jurisprudencia previa tendrá que ser la máxima instancia de la Judicatura española la que cierre la vía legal de esta trágica historia.
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